Desde CGT-A, conjuntamente con la F.P. de Sevilla de CGT, consideramos que se ha podido producir un delito (previsto en el artículo 510 del Código Penal), al provocar a la discriminación en el ámbito laboral contra las personas que ejerzan su derecho a la sindicación o a la afiliación a un partido (de izquierdas o antisistemas en este caso).
Mas allá de las posibles implicaciones legales, CGT-A valora que se está produciendo, en el marco de la agresión generalizada contra todos los derechos sociales y laborales, también un ataque brutal contra derechos constitucionales como el de libre sindicación y libertad sindical. La derecha política, mediática y empresarial es consciente de que, al final, a la clase trabajadora, para defender sus legítimos intereses y derechos, no le queda otro recurso eficaz que la asociación de trabajadores y la solidaridad, el apoyo mutuo, la movilización y otras formas de lucha.
Contra esa posibilidad de resistencia actúan, jaleando a la clase empresarial para que utilice los múltiples recursos legales que la avalancha de leyes, decretos, etc están poniendo en sus manos para desarmar a la clase trabajadora.
CGT a la vez que reitera el llamamiento a la movilización sindical y social, insiste en que esta movilización también tiene que ser en el plano legal y mediático en la defensa del marco de derechos laborales y sindicales que la derecha pretende abolir.